
Según la sentencia, el impuesto que recaudan las entidades de gestión sólo deben aplicarse a los productos adquiridos cuyo destino sea la copia privada, pero que en ningún caso debe aplicarse a empresas y profesionales cuyos fines sean distintos a la copia privada.
Los sectores implicados, tanto el Gobierno como las entidades de gestión, deberán estudiar una fórmula que permita a España regular el canon de forma menos indiscriminada y para ponerse en la línea europea. La sentencia asegura que "Cabe la posibilidad de aplicar canon a dichos soportes cuando su fin sea la copia privada", así que el reto es dar con el mecanismo adecuado que permita diferenciar el destino de los soportes adquiridos por el cliente.
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jueves, 21 de octubre de 2010. Autor: Vicenç Lacruz, Todo Pocket PC.